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IMPUESTOS A LAS EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO

Impuestos a las Emisiones de Gases de Efecto Invernadero



En años recientes el consenso científico sobre el efecto antropógeno ante el cambio climático se ha ido incrementando. Como consecuencia, hemos observado en el ámbito internacional acuerdos que buscan promover compromisos tanto en materia de mitigación como en adaptación al cambio climático, el ejemplo más evidente de ello es el acuerdo de París.

Así también y de manera particular algunas regiones han adoptado mecanismos de precio al carbono (sistema de comercio de emisiones o impuestos) como una de las rutas hacia la descarbonización, los ejemplos más claros en la materia han sido el sistema de comercio de emisiones Europeo o el mercado de California.

Es así, que, en el ámbito internacional, cada vez más países o regiones a nivel subnacional adoptan algún instrumento de precio al carbono. El caso de México no ha sido la excepción, pues contamos con un impuesto a los combustibles a través del IEPS, el cual está vinculado con el contenido de carbono de los combustibles, así también México se encuentra por adoptar la fase operativa del sistema de comercio de emisiones, el cual en el futuro próximo supondrá un precio a las emisiones de GEI vía los derechos de emisión, subastas y las transacciones entre terceros participantes.

A pesar de lo anterior y de que el sistema de comercio de emisiones mexicano sigue una ruta sobre un objetivo conocido (NDC de México), a nivel subnacional, diferentes estados han establecido impuestos a las emisiones de Gases de Efecto Invernadero. El detalle de estos impuestos se identifica en la siguiente imagen:





A raíz de lo anterior, ANIQ ha estado trabajando con diferentes gobiernos estatales donde la industria química tiene presencia, lo anterior con el objetivo de que las condiciones establecidas por los impuestos ambientales no impacten en la competitividad de las empresas que en la región tienen presencia, Las solicitudes de ANIQ se han centrado en los siguientes elementos:

  • 1. Se reconozca a nivel estatal el costo que las empresas de jurisdicción federal asumirán por participar en el Sistema de Comercio de Emisiones.
  • 2. Instrumentar para el pago del impuesto mecanismos de compensaciones (offset) desde el inicio del pago del impuesto. Pudiendo ser graduales en su aplicación.
  • 3. Se eliminen del gravamen las emisiones indirectas (térmicas y eléctricas).
  • 4. El gas natural reciba un tratamiento diferenciado, al ser el combustible de transición reconocido por agencias internacionales expertas en la materia.

La ANIQ a través de su comisión de cambio climático dará seguimiento a los cambios que se presenten en la materia y mantendrá informados y representados a las empresas de la industria química.

Mayores informes:
Ulises López Arce: uarce@aniq.org.mx y/o Lorena Espinosa Martínez: lespinosa@aniq.org.mx

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