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Cambios en México a la Ley de Armas Químicas

21jun.

 

Derivado de la Organización para la Prohibición de las Armas Químicas (OPAQ) y de los acuerdos establecidos en su Convención (CAQ), desde el año 2009, nuestro país cuenta con un marco normativo específico la “Ley Federal para el Control de Sustancias Químicas Susceptibles de Desvío para la Fabricación de Armas Químicas (LAQ)”. Esta Ley, tiene por objeto evitar que sustancias químicas tengan como fin ser o formar parte de armas químicas.

 

El pasado día 14 de junio fue publicado el DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la misma Ley, dichas adecuaciones tienen por objeto mantener una completa armonización de nuestro marco normativo con las disposiciones de la Convención.

 

Los cambios que presenta el decreto son 3:

 

  1. Se adiciona un párrafo al Artículo 3 que permitirá que la LAQ pueda ser actualizada en los Listados Nacionales de Sustancias y en los Listados de Estados Parte y Estados No Parte a través de acuerdos que modifiquen la Ley. Lo cual, permitirá que las adiciones y eliminaciones de sustancias o países sea más dinámica sin tener que pasar por los procesos administrativos del Congreso.

 

  1. Al listado “1A” se adicionan sustancias que luego de un estudio y análisis fueron clasificadas a nivel internacional como Armas Químicas con lo que se establece su prohibición en su comercialización, almacenamiento y producción, sin usos industriales.
  2.  

    Las sustancias adicionadas son:

     

     

  3. Se modifican los listados de Estados Parte y Estados No Parte de la siguiente forma:

A los Parte se suman:

  • Angola
  • Bahamas
  • Iraq
  • Letonia
  • Líbano
  • Myanmar
  • Palestina
  • República Árabe de Siria
  • República Dominicana
  • Somalia
  • Sudáfrica

Haciendo un total de 193 estados parte.

 

Sudan del Sur, Corea del Norte, Egipto e Israel son los 4 países que hoy conforman el listado de Estados No Parte de la Convención.

 

Luego de una revisión y consulta con parte de la membresía se identificó que ninguna de las nuevas sustancias listadas afecta a las empresas socias de la Aniq ni es su operación ni en sus obligaciones en cuanto a las declaraciones periódicas a presentar.

 

Para mayor información, contactar a Rubén Muñoz rgarcia@aniq.org.mx u Oswaldo Celedon oceledon@aniq.org.mx

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