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PNIC

PLAN NACIONAL DE LA INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD (PNIC) 2024. TEMAS AMBIENTALES POR DESARROLLAR

30oct.

 

El Programa Nacional de la Infraestructura de la Calidad (PNIC) es una iniciativa del gobierno mexicano que busca ser un instrumento para laplaneación, conducción, coordinación e información de las actividades de normalización, estandarización y metrología a nivel nacional alineado con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo, así como con los programas sectoriales. Este programa tiene como objetivo principal fortalecer la infraestructura de la calidad en México, a través de la implementación de proyectos que permitan mejorar, modificar y actualizarla normatividad mexicana con la finalidad de aumentarla competitividad de las empresas mexicanas y la protección de los consumidores.

 

Este programa se actualiza anualmente, por lo cual el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales se reunió el pasado 13 de Octubre para aprobar PNIC 2024, dentro del cuál se mencionan los diversos trabajos a realizar durante el próximo año para actualizar la normatividad, que, en materia de medio ambiente y de interés para el gremio químico.

 

 

De los temas que NO han sido publicados para consulta pública está:

 

o La Cancelación de la NOM-138-SEMARNAT/SSA1-2012 que dictamina losLímites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos y lineamientos para el muestreo en la caracterización y especificaciones para la remediación, insertado en su lugar las Directrices para la integración del Programa de Remediación. Parte 1: Suelos Contaminados Remediación de sitios contaminados con Hidrocarburos, Petrolíferos o Petroquímicos, Límites Máximos Permisibles; estableciendo especificaciones para determinar la presencia de fracciones de Hidrocarburos, Petrolíferos, Petroquímicos y analitos específicos (BTEX y HAP) en suelos impregnados.

 

o Modificación a la NOM-147-SEMARNAT/SSA1-2004, Que establece criterios para determinar las concentraciones de remediación de suelos contaminados por arsénico, bario, berilio, cadmio, cromo hexavalente, mercurio, níquel, plata, plomo, selenio, talio y/o vanadio

 

Las modificaciones a las Normas Oficiales Mexicanas que NO han sido publicados para consulta pública:

o NOM-161-SEMARNAT-2011, que establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial y determinar cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, el procedimiento para la inclusión o exclusión a dicho listado; así como los elementos y procedimientos para la formulación de los planes de manejo. Se revisarán y en su caso modificarán los criterios para la clasificación de residuos nuevos, el procedimiento para el registro de los planes de manejo, la integración de residuos que no se encontraban contemplados como: pilas y baterías que no sean consideradas peligrosas, así como la integración del Procedimiento de Evaluación de la Conformidad (PEC).

 

Procesos de evaluación que serán Cancelados:

 

o Modificación a la NOM-052-SEMARNAT-2005, Que establece las características, el procedimiento de identificación, clasificación y los listados de los residuos peligrosos. No se continuará con este proceso ya que se advierte la necesidad de replantear el contenido de la propuesta de modificación de la NOM-052 para robustecer e incorporar aspectos relacionados a la caracterización y al listado de residuos peligrosos.

 

Temas reprogramados el año anterior y que ya fueron publicados a consulta pública.

 

o PROY-NOM-160-SEMARNAT-2011, Que establece los elementos y procedimientos para formular los planes de manejo de residuos peligrosos. Es necesario definir los elementos y procedimientos para formular los planes de manejo de residuos peligrosos, dado que los sujetos regulados de este Proyecto de norma se conforman tanto por grandes generadores de residuos peligrosos, como de productores, importadores, distribuidores y comercializadores de productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos, resulta importante que las especificaciones para la formulación e implementación de los Planes de Manejo de Residuos Peligrosos (PMRP) sean claras y estén bien definidas, para una gestión eficiente en el manejo integral de los residuos peligrosos.

 

o PROY-NOM-173-SEMARNAT-2021, Que establece los criterios para el diseño, la construcción, la operación y el cierre de un confinamiento controlado para residuos peligrosos. La norma busca establecer los criterios para el diseño, la construcción y operación de las celdas de confinamiento, la infraestructura complementaria en un confinamiento controlado de residuos peligrosos y para la operación del mismo. Es necesario que los lineamientos técnicos de esta norma se ajusten con los mencionados en la 056 (requisitos de un confinamiento controlado de residuos peligrosos), 057 (requisitos en el diseño, construcción y operación de celdas de confinamiento controlado de RP) y 058 (requisitos de operación) y así mismo estos estén alineados con las disposiciones que al día de hoy se encuentran vigentes en esa materia para que en ese sentido se establezcan en un solo instrumento normativo contemplando los asuntos específicos a regular en torno al diseño, construcción, operación y cierre de los sitios autorizados para la disposición final de dicho tipo de residuos.

 

Normas vigentes para modificar.  Que han sido publicados para consulta pública.

 

o Modificación a la NOM-083-SEMARNAT-2003, Especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de un sitio de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial. Establece las especificaciones de protección ambiental para la selección del sitio, diseño, construcción, operación, monitoreo, clausura y obras complementarias de sitios de disposición final de residuos sólidos urbanos y de manejo especial que involucra diferentes disciplinas de la ingeniería civil, ambiental, química y geológica.

 

Normas vigentes a ser modificadas. Que no han sido publicados a consulta pública.

 

o Modificación a la NOM-043-SEMARNAT-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas. Debido a que fue expedida hace 25 años, se considera por la autoridad que es necesario actualizarse para que contribuya a mejorar la calidad del aire que respira la población.

 

o Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición. Se plantea actualizar los límites máximos permisibles de emisión de ruido que genera el funcionamiento de las fuentes fijas y revisar su método de medición, siendo que esta norma está vigente desde el año de 1994.

 

Proyectos y temas inscritos a ser cancelados.

 

o Modificación a la NOM-123-SEMARNAT-1998, Que establece el contenido máximo permisible de compuestos orgánicos volátiles (COVs), en la fabricación de pinturas de secado al aire base disolvente para uso doméstico y los procedimientos para la determinación del contenido de los mismos en pinturas y recubrimientos.Actualmente la Secretaría de Economía (SE) se encuentra desarrollando el tema normativo “Pinturas - límites máximos permisibles de contenido de compuestos orgánicos volátiles (COVs) de pinturas y recubrimientos esmaltes en bases solvente y acuosa.”, por lo que en caso de que se publique y entre en vigor, podría estar sustituyendo a la NOM-123.

 

Si requiere de más información favor de consultar al Ing. Juan Pablo Díaz al correo pdiaz@aniq.org.mx

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