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Logística y Transporte

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2021

24feb.

Se publica el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-1-SCT-SEMAR-ARTF/2021 listado de substancias y materiales peligrosos (mercancías peligrosas)-instrucciones y uso de embalajes/envases, recipientes intermedios para graneles (RIG), grandes embalajes/envases, cisternas portátiles, contenedores de gas de elementos múltiples y contenedores para graneles para el transporte de mercancías peligrosas para su consulta pública.

 

Objetivo

La presente Norma Oficial Mexicana establece las instrucciones y las características de peligrosidad de las mercancías peligrosas, las condiciones de seguridad adecuadas, así como las especificaciones que deberán cumplirse, a efecto de que las mercancías peligrosas sean contenidas y transportadas en óptimas condiciones de seguridad.

 

Campo de aplicación

Esta Norma Oficial Mexicana es de aplicación obligatoria para los expedidores, transportistas y destinatarios de mercancías peligrosas que transitan por las vías generales de comunicación terrestre, marítima y aérea. Así también, es de aplicación para el autotransportista quien, dentro de la esfera de sus responsabilidades, sólo aceptará para su transporte el envío de mercancías peligrosas, en embalajes/envases, recipientes intermedios a granel, contenedores y cisternas portátiles, que hayan sido seleccionados por los expedidores y destinatarios de conformidad con la normatividad.

Especificaciones Generales

Las mercancías peligrosas se embalarán/envasarán en embalajes/envases, incluidos RIG y grandes embalajes/envases, de buena calidad. Estos embalajes/envases deberán ser suficientemente sólidos como para resistir los choques y cargas que se producen normalmente durante el transporte, en particular durante el transbordo entre distintas unidades de transporte y entre las unidades de transporte y los depósitos de almacenamiento, así como el izado de la tarima (palet) o sobreembalaje/sobreenvase. Los embalajes/envases, incluidos los RIG y los grandes embalajes/envases, deberán estar fabricados y cerrados de forma que, una vez preparados para el transporte, no se produzcan pérdidas del contenido debido a vibraciones o cambios de temperatura, de humedad o de presión en las condiciones normales de transporte. Los embalajes/envases, incluidos los RIG y los grandes embalajes/envases, estarán cerrados conforme a la información facilitada por el fabricante. Durante el transporte no debe adherirse al exterior de los embalajes/envases, RIG y grandes embalajes/envases ningún remanente peligroso.

 

Instrucciones

Las instrucciones de embalaje/envase relativas al uso de embalaje/envase (excepto los RIG y los grandes embalajes/envases). Se autorizan los diferentes envases y embalajes siempre que se cumplan las disposiciones y especificaciones generales.

 

El presente anteproyecto se publica para su consulta.

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