Instalación del Grupo de Trabajo del Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana ANTE-PROY-NOM-XXX-ASEA-20XX, Instalaciones de Procesamiento de Gas Natural
7oct.
Desde 2020 la Agencia de Seguridad y Medio Ambiente (ASEA) comenzó los trabajos para el análisis y discusión del Anteproyecto de Norma Oficial Mexicana sobre Instalaciones de Procesamiento de Gas Natural.
En México existen 9 instalaciones de procesamiento de gas, ubicados principalmente al sureste del país y actualmente no existe regulación específica con relación a requisitos técnicos de seguridad industrial, seguridad operativa y protección ambiental, a lo largo de las etapas de desarrollo de la instalación.
Por lo anterior, se hace necesario integrar para el resto de la instalación los elementos de seguridad y las medidas de protección ambiental.
A principios de 2021 se desarrolló el primer borrador del Anteproyecto que establece los elementos que faltan, y en febrero de 2022 se incluyó en el PNIC como tema nuevo a desarrollar. Posteriormente, se presentó la Propuesta de NOM al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Industrial y Operativa y Protección al Medio Ambiente (CONASEA) y se determinó construir el grupo de trabajo para el estudio y discusión del Anteproyecto, grupo integrado por participantes de los sectores del CONASEA.
La Norma establece los requisitos y elementos técnicos en materia de Seguridad Industrial, Seguridad Operativa y protección al medio ambiente que el Regulado debe cumplir para el Diseño, Construcción, Pre-Arranque, Operación y Mantenimiento de las Instalaciones en las que se realiza la actividad de Procesamiento de Gas Natural, con la finalidad de prevenir daños a las personas, al medio ambiente y a las Instalaciones. Aplica en todo el territorio nacional y zonas donde la Nación ejerza su soberanía y jurisdicción, y es de observancia general y obligatoria para el Regulado.
Dentro de los procesos que se incluirán en la regulación están: endulzamiento de gas amargo, recuperación de azufre, endulzamiento de condensados amargo, fraccionamiento de hidrocarburos y recuperación de etano y licuables. Mientras que las plantas que se incluirán en la regulación son: planta endulzadora de gas, planta endulzadora de condensado, planta recuperación de azufre, planta fraccionadora de hidrocarburos y planta recuperadora de etano y licuables.
Durante este año se realizarán las discusiones y consultas sobre el Anteproyecto, el análisis de impacto regulatorio y las modificaciones que surjan en el proceso. Se planea que la NOM sea publicada en el Diario Oficial de la Federación en el segundo trimestre de 2024.