Problemática en el Aviso de Cruce
19ago.
La Asociación Nacional de la Industria Química se reunió con la Lic. Fanny Euram Graham, Vicepresidente de la Comisión de Aduanas de CONCAMIN, para platicar sobre la problemática en el Aviso de Cruce.
Con la creación de la ANAM, el SAT se queda con todos los sistemas informáticos, enlaces, aplicativos y bases de datos, por lo que la ANAM tiene que desarrollar sus propios sistemas y con estos serán responsables del servicio, sin embargo, el SAT es el que conserva las facultades de política y normativa, generando falta de certeza jurídica.
La ANAM empieza el desarrollo de la plataforma (Sistema Electrónico Aduanero), con 10 módulos; liberan el AVC para el cruce de las mercancías, junto con otros módulos internos y otros que saldrán más adelante pero de la misma plataforma.
El AVC inició operaciones el 1 de agosto de 2022, mismo que sustituye al documento aduanero (DODA, Documento de Operación para Despacho Aduanero). Los principales cambios del proyecto AVC son:
- Se tramita a través del portal de la ANAM o del servicio web.
- No se encuentra enlazado con el SAT.
- No habrá migración de sistemas.
- No se usa FIEL, solo se usa usuario y contraseña, asignados previo registro de usuario.
- Se sustituye el uso del gafete del transportista, por un tag adherido al parabrisas del vehículo.
- El AVC no es por pedimento, sino por activación del MSA.
- No se ha liberado para ferrocarril ni vacíos.
- Plan de contingencia, se imprime y se lleva a modular en SAAI.
La problemática del AVC es la falta de certeza jurídica por falta de fundamento legal, así como falta de enlace y validación y afectaciones a los flujos comerciales. De la misma manera, las reglas no contemplan el AVC, por lo que el AVC no existe legalmente porque el SAT es quien emite las reglas.
Los pedimentos o remesas moduladas con el AVC no se reflejan en el SOIA, lo que implica que quedan como no modulados y, en consecuencia, entre otras implicaciones, se bloquean las patentes que exceden los plazos para modular pedimentos consolidados y se impide al AGD transmitir el informe de arribo o no arribo de las mercancías y en consecuencia, la extracción de las mercancías de depósito fiscal.
Finalmente, el estatus de esta situación, según el boletín 23 de la ANAM, es que se aplicará una pausa al 19 de septiembre de 2022, a fin de que el SAT realice las modificaciones pertinentes con relación a los pedimentos consolidados que requieren de información de las remesas presentadas ante el MSA, pedimentos que deben descargar otros pedimentos desaduanados, patentes bloqueadas por pedimentos pagados que aparecen como no modulados y pedimentos de depósito fiscal que requieren transmitir reporte de arribo o no arribo.