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Logística y Transporte

CFDI Complemento Carta Porte

22nov.

La Asociación Nacional de la Industria Química se reunió con la Lic. Nashielly Escobedo, Directora General de la Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales para conversar sobre la situación actual en la instrumentación del Complemento Carta Porte.

En conformidad con la regla 2.7.1.9 de la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal publicada el 18 de noviembre de 2020, se añadió la obligación de agregar el “complemento Carta Porte” cuando se use un tramo federal en los CFDI utilizados para el transporte de mercancías.

El objetivo principal es generar un CFDI con complemento Carta Porte para relacionar los bienes o mercancías, ubicaciones de origen, puntos intermedios y destino, así como lo referente al medio a través del cual se transportan; ya sea por vía terrestre (carretera o líneas férreas), aérea, marítima o fluvial; además de incluir el traslado de Hidrocarburos y Petrolíferos, así como, generar información que le permita a la autoridad contar con mayor control sobre los traslados de la mercancía, y tener una mejor fiscalización a los prestadores del servicio de transporte de bienes.

El próximo 1° de diciembre entra en vigor esta regulación, pero sin ser merecedora de sanción en caso de incurrir en algún error, sin embargo, a partir del 1° de enero de 2022 la sanción será de manera obligatoria.

En virtud de lo anterior, cualquier sujeto obligado a cumplir con la emisión del CFDI y traslade mercancías, hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos, por cualquier medio de transporte en territorio nacional, sin el comprobante fiscal digital por internet de tipo ingreso o de tipo traslado, según corresponda, al que se le incorpore el Complemento Carta Porte, se presumirá cometido el delito de contrabando.

En materia de comercio exterior, la Autoridad Fiscal no he tomado decisiones claras en su instrumentación lo que podría ocasionar sin duda alguna una parálisis en el comercio internacional inmediatamente después de su entrada en vigor.

Ante esta situación la ANIQ en coordinación con la Confederación Latinoamericana de Agentes Aduanales continúa buscando el establecimiento de mesas de trabajo con la Autoridad responsable para determinar las acciones de instrumentación necesarias para que se disminuyan los efectos negativos sobre el comercio de productos químicos.

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