La Normalización del Medio Ambiente.

2nov.
El control de la contaminación derivada de distintas situaciones es regulado mediante distintos instrumentos; uno de ellos es el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Medio Ambiente y Recursos Naturales (COMARNAT) de la SEMARNAT.
Este Comité Consultivo surgió en el año 2002 y actualmente es presidido por el titular de la Subsecretaria de Fomento y Normatividad Ambiental de la misma dependencia. Dentro de los objetivos prioritarios que presenta es el de identificar y proponer los temas que se requieren regular en el país en materia ambiental, mediante la creación de normas oficiales mexicanas (NOM).
Por mandato de Ley, y mediante un programa anual, somete a revisión para efecto de actualización de Normas que se encuentran vigentes y realiza trabajos de difusión para dar a conocer su contenido y alcance para su debida aplicación en los campos que corresponde.
Dicho órgano cuenta con Reglas de Operación en las cuales se determina su organización y funcionamiento, así como las funciones, facultades y responsabilidades de sus miembros, la competencia específica de los Subcomités y Grupos de Trabajo, entre otras.
El procedimiento para elaborar estas Normas se encontraba establecido dentro del artículo 47 de la abrogada Ley Federal sobre Metrología y Normalización (LFMN) y ahora está dentro de la Ley de la Infraestructura de la Calidad. Los pasos que se deben cumplir son: la dependencia deberá establecer un grupo de trabajo con todos los sectores involucrados e interesados en el tema, el cual será el responsable de aprobar un anteproyecto y una Manifestación de Impacto Regulatorio para ser presentado ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización correspondiente, quien a su vez deberá aprobarlo y ordenará su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) para que se realice una consulta pública por un periodo de 60 días naturales. Terminado este tiempo el grupo de trabajo deberá dar respuesta a los comentarios que se hayan recibido y teniendo una versión final que incluya las propuestas aprobadas se deberá nuevamente poner a consideración del Comité para que este la apruebe como una NOM con carácter definitivo y ordene su publicación como tal en el DOF.
ANIQ participa en este Comité desde su creación durante la presente semana, se celebró la tercera reunión ordinaria de dicho comité consultivo. Dentro de los temas relevantes que se vieron fue la aprobación del Plan Nacional de Infraestructura de la Calidad 2021, en donde se estarán incorporando normas relevantes para la industria química, por ejemplo: NOM-001-SEMARNAT-1996, Que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales; el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-160-SEMARNAT-2011, Que establece los elementos y procedimientos para formular los planes de manejo de residuos peligrosos; la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SEMARNAT-1993, Que establece los niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de partículas sólidas provenientes de fuentes fijas; la modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-081-SEMARNAT-1994, Que establece los límites máximos permisibles de emisión de ruido de las fuentes fijas y su método de medición entre las más importantes para la membresía. También se dieron a conocer las nuevas reglas de operación del COMARNAT en donde, principalmente destaca que debido a la presencia de la pandemia, la validez de las juntas de manera virtual.