DECRETO POR EL QUE SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO DEL SERVICIO DE MEDICINA PREVENTIVA EN EL TRANSPORTE.

10ago.
El nuevo decreto que reforma el Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte fue publicado el 9 de junio de 2026 por la administración federal en el Diario Oficial de la Federación. Este marco regula los exámenes médicos obligatorios para los conductores con licencia federal a través de la infraestructura de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT).
Objetivo General
Brindar una atención profesional, oportuna y de calidad, asegurando una experiencia positiva para el usuario y una resolución eficiente de sus solicitudes.
El Reglamento establece tres evaluaciones fundamentales para el personal del transporte terrestre federal:
- Examen psicofísico integral.
- Examen médico en operación.
- Examen toxicológico.
Estos exámenes determinan si una persona es apta para operar, conducir o auxiliar en el transporte terrestre federal.
Se fortalece la participación de clínicas o personas autorizadas para realizar los exámenes psicofísicos.
Ahora deberán:
- Cumplir requisitos técnicos, médicos y administrativos.
- Contar con infraestructura adecuada.
- Tener personal certificado.
- Mantener equipos calibrados.
- Cumplir obligaciones fiscales.
- Contar con seguros y fianzas.
- Sujetarse a inspecciones, vigilancia y verificaciones permanentes.

Se amplían los casos en que pueden practicarse pruebas toxicológicas, entre ellos:
- Durante el examen psicofísico.
- Después de accidentes.
- Cuando exista sospecha de consumo de alcohol o drogas.
- Cuando lo establezcan tratados internacionales.
Además, negarse a realizar el examen implica un dictamen de no aptitud psicofísica.
La Secretaría podrá realizar:
- Vigilancia permanente.
- Inspecciones.
- Verificaciones.
- Supervisiones programadas.
Con ello se busca detectar irregularidades, documentos falsos o malas prácticas médicas.
Se establecen causas específicas para:
- Suspender autorizaciones.
- Revocarlas definitivamente.
Algunas causas son:
- Información falsa.
- Mala práctica médica.
- Alteración de expedientes.
- Cobro de tarifas no autorizadas.
- Uso indebido del sistema electrónico.
- No contar con personal o equipo suficiente.
Se incorporan multas para concesionarios y permisionarios por:
- No implementar programas de prevención de alcohol y drogas.
- No reportar accidentes.
- No presentar al personal involucrado en accidentes para su evaluación médica.
- Incumplir obligaciones establecidas en el Reglamento.
Para más información por favor de contactar a Jorge Báez al Teléfono: 5552305182 o al E-mail: jbaez@aniq.org.mx