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Logística y Transporte

Grupo de Trabajo SICT PROY-NOM-019-SCT2/2015

6abr.

 

El 19 de marzo de 2026 se llevó a cabo la segunda reunión del grupo de trabajo encargado de la revisión de la NOM-019-SCT-2/2015, relativa a las especificaciones técnicas y disposiciones generales para la limpieza y control de remanentes de sustancias y residuos peligrosos en unidades de transporte. Esta sesión tuvo como objetivo principal analizar y discutir los comentarios emitidos por diversas cámaras y asociaciones del sector, con la finalidad de identificar áreas de mejora, ya sea mediante su modificación, actualización o ajustes de redacción para evitar ambigüedades.

Durante la reunión, se destacó la relevancia de actualizar el título de la norma, iniciativa impulsada por la ASEA, con el fin de reflejar mayor claridad conceptual y adecuación a la realidad normativa vigente, incluyendo la actualización del año correspondiente. Asimismo, se abordó la necesidad de homologar ciertos términos técnicos, acordándose por consenso sustituir la denominación “Unidades de Verificación” por “Unidades de Inspección”, lo cual responde a criterios de precisión terminológica y alineación con marcos regulatorios actuales.

En otro punto relevante, se analizó la propuesta de limitar la participación de las entidades de acreditación en los procesos de verificación; sin embargo, esta no fue procedente debido a que la SICT no cuenta con los elementos necesarios para llevar a cabo el registro. En consecuencia, se ratificó la necesidad de mantener el esquema de registro a través de estas entidades acreditadoras, garantizando así que las empresas prestadoras de servicios cumplan con los requisitos establecidos.

También se discutió la pertinencia de incluir en la norma los requerimientos específicos y cantidades mínimas para materiales clasificados como riesgo 7 (radioactivos), a propuesta de CONASENUSA. Tras el análisis, se determinó que no es necesario incorporar dicha información, dado que la norma abarca múltiples clases de riesgo y que la medición de este tipo de materiales requiere equipos y procedimientos especializados, lo que excede el alcance del documento normativo.

Adicionalmente, se planteó la posible eliminación del numeral 5.2, relativo a la “limpieza parcial”, debido a la falta de claridad en su definición. La intervención de una empresa especializada en servicios de limpieza evidenció que, en la práctica, no se realiza limpieza parcial, sino limpieza completa con procesos integrales bajo condiciones específicas. No obstante, este punto quedó pendiente de evaluación para su análisis en la siguiente sesión.

Finalmente, nuestro comentario como representantes de la Asociación Nacional de la Industria Química dentro de la reunión y debido a algunos comentarios de las diferentes cámaras que participaron en el grupo de trabajo, la necesidad de no homologar ni confundir las definiciones de remanente, residuo peligroso y sustancia peligrosa, esto debido a que son completamente diferentes. El I.Q. Jorge Aguiñaga Báez explicó las diferencias entre las definiciones y que no se deberán homologar ni cambiar los conceptos para evitar la repetición de términos, ya que no tienen un mismo significado.

La reunión concluyó con acuerdos parciales y temas pendientes que serán retomados en futuras sesiones, reafirmando el compromiso de los participantes con el fortalecimiento del marco normativo en materia de transporte y manejo de materiales peligrosos. Asimismo, se puso a disposición un canal de contacto para el envío de comentarios adicionales relacionados con las normas en revisión.

Para tener más información o si desea enviar comentarios de las normas a revisar, favor de contactar al I.Q. Jorge Arturo Aguiñaga Báez al siguiente correo electrónico: jbaez@aniq.org.mx

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