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Logística y Transporte

Aviso Único e Informe Anual de Precursores Químicos y Químicos Esenciales para los modos de transporte terrestre, aéreo y ferroviario

26ene.

 

Se informa a los transportistas que operan en los sectores de autotransporte federal, aéreo y ferroviario sobre las modificaciones realizadas a los formatos oficiales denominados “Aviso Único” e “Informe Anual”, así como a sus respectivos instructivos, publicados en el Diario Oficial de la Federación. Estas actualizaciones tienen como objetivo estandarizar y modernizar la captura de información relacionada con la transportación de precursores químicos y químicos esenciales.

A partir de estas modificaciones, la información requerida deberá registrarse exclusivamente en línea, lo que permitirá una gestión más eficiente, segura y transparente de los datos. Los transportistas deberán cumplir con esta obligación, asegurando así el adecuado control, supervisión y cumplimiento normativo en el manejo y traslado de este tipo de sustancias.

Por el momento, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes no tiene habilitado el Módulo Informático; no obstante, se recomienda a la membresía preparar la información correspondiente, ya que el informe continúa siendo obligatorio conforme a la Ley.

Los transportistas que movilicen cualquiera de las sustancias controladas deberán solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes que les sea proporcionado el usuario y la contraseña para su ingreso al Módulo Informático de PREQUIM. Para ello, deberán informar por escrito a la dependencia correspondiente, según el medio de transporte que se utilice.

 

 

Una vez proporcionada dicha información le será asignado a cada usuario la clave de acceso y su contraseña para ingresar la información de los movimientos de las substancias controladas que hubiere realizado durante el periodo de que se trate.

Quienes realicen el transporte terrestre, marítimo o aéreo de precursores o productos químicos esenciales, deben presentar aviso por única vez a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que lo realicen por primera ocasión. Dicho aviso debe contener lo siguiente:

  1. Nombre, registro federal de contribuyentes y domicilio;
  2. Datos de identificación de los vehículos terrestres, marítimos o aéreos que serán utilizados, y
  3. Los datos de la concesión, autorización o permiso emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en los términos de las disposiciones aplicables.

 

Aviso Único se solicitan los siguientes datos para iniciar el registro:

 

 

Si se requiere realizar alguna modificación del Aviso Único o se registra el primer Aviso Único se efectuará en el siguiente apartado del Módulo de Precursores Químicos. Aquí tendrá que especificar si se realiza alguna modificación al Aviso Único existente, así como llenar los campos con la información que se le solicita.

En caso de no existir registro de un cliente en la Base de Datos o se requiera modificar alguna información de los clientes para efectos de actualización, se deberá llenar en el apartado de Registro de Clientes, en donde se le solicita la siguiente información:

 

 

Para el registro de la información de las unidades de transporte, se deberán proporcionar los datos siguientes:

 

 

INFORME ANUAL DE PRECURSORES QUÍMICOS O PRODUCTOS QUÍMICOS ESENCIALES

Para quienes realicen cualquier actividad regulada con Precursores Químicos y/o Productos Químicos Esenciales, se les recuerda que el informe debe presentarse mediante el formato Avisos, con la homoclave COFEPRIS-03-010 Informe Anual de Precursores Químicos o Productos Químicos Esenciales, los primeros 60 días naturales siguientes a aquél que concluya el año de que se trate.

Para la presentación del Informe Anual deberán requerir el formato Avisos, mismo que puede descargar del siguiente link:

 https://documentos.cofepris.gob.mx/archivos/cis/FORMATOS/Formato_Avisos.docx

Para el debido llenado del formato Avisos se deberá consultar lo correspondiente al Instructivo de llenado del formato Avisos, mismo que puede descargarse del siguiente enlace: https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/904288/Instructivo_Avisos.pdf

Se recuerda que se debe informar cada una de las actividades reguladas que se realizaron durante el año inmediato anterior: “Producción, Preparación, Enajenación, Adquisición, Importación, Exportación, Distribución de entrada o de salida, Almacenamiento inicial y final”, cuyas definiciones pueden consultarse en el Instructivo de llenado del formato “Avisos”.

"Artículo 9.- Quienes estén obligados a dar el aviso, informarán anualmente a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, las cantidades o volúmenes de precursores químicos o productos químicos esenciales que hubieren transportado durante el período, los sujetos a los que se hubiere prestado el servicio y, en su caso, las modificaciones de los datos contenidos en el aviso único".

 Por lo que se solicita la siguiente información para el INFORME ANUAL:

 

 

En caso de no existir registro de un cliente en la Base de Datos o si requiere modificar alguna información de los clientes para efectos de actualización, se deberá llenar en el apartado de Registro de Clientes, en donde se le solicita, la siguiente información para iniciar el registro:

 

 

Para más información al respecto, consultar la siguiente Liga de acceso o en su caso comunicarse con el Ing. Jorge Aguiñaga Báez al siguiente correo electrónico: jbaez@aniq.org.mx

 

Ligas de Consulta:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5350651&fecha=01/07/2014#gsc.tab=0

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