Circular de balizado para vehículos de autotransporte federal

3mar.
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT) y el sector del autotransporte acordaron implementar un sistema de identificación de los vehículos que circulen por las carreteras y puentes de jurisdicción federal.
La seguridad en las carreteras es un tema de alta prioridad para la SICT. De ahí la necesidad de implementar acciones con la participación de autoridades, sector del autotransporte y población en general, con el propósito de proteger a los usuarios en los caminos y puentes de jurisdicción federal.
Este Acuerdo está dirigido a permisionarios, cámaras, asociaciones, federaciones y confederaciones del autotransporte federal de carga, pasaje y turismo, y servicios auxiliares.
Los permisionarios realizarán la identificación ("balizado") de los vehículos de autotransporte federal.
Especificaciones generales de balizado para el autotransporte federal:
Para ello se deberá de tomar como referencia la Norma MX-D-225-IMNC-2017, Autotransporte de carga-Películas reflejantes-Especificaciones y métodos de prueba.
- El balizado podrá realizarse mediante calcomanía o con pintura en las ubicaciones señaladas conforme al tipo y configuración del vehículo.
- Los caracteres alfanuméricos que deberán balizarse corresponden a los establecidos en la placa de identificación vehicular.
- Los materiales utilizados deberán ofrecer amplia durabilidad y reflejantes para mayor visualización diurna y nocturna.
- En configuraciones doblemente articuladas, para cada remolque o semirremolque, deberá realizarse el balizado correspondiente.
- Si el fondo del vehículo es de algún color oscuro la letra deberá ser color blanco (1) y si el fondo del vehículo es en tonos claros la letra tendrá que ser en color negro (2) como se aprecia en el ejemplo.

- Las zonas establecidas para el balizado podrán modificarse cuando interfiera con la imagen de la empresa o con los datos que identifican a la misma o al servicio que se presta, siempre y cuando se haga del conocimiento a la DGAF.
- Quedan exceptuados de la disposición los vehículos con placas de traslado y vehículos diagnóstico.
CAMIÓN UNITARIO | C

TRACTO CAMIÓN ARTICULADO | TS

Las configuraciones vehiculares que por las características de su carrocería o modalidad que en el contenedor o remolque no se cuente con toldo, se deberá de colocar una lona con el número de identificación (Tolvas, pipas, plataformas sin carga, vehículos sin rodar, jaulas, contenedores, vehículos en esquema de arrendamiento y/o vehículos de internación temporal de EUA a México).

En caso de que exista alguna duda sobre el balizado a vehículos que no se señalan en el presente anexo, podrá dirigir su consulta al SETIQ o al Comunicador Jorge Aguiñaga Báez al siguiente correo electrónico: jbaez@aniq.org.mx
Deberá efectuarse dentro de los 90 días naturales, contados a partir del 8 de febrero de 2025, día posterior a su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Para su consulta podrá revisar las siguientes ligas de consulta:
https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5748660&fecha=07/02/2025#gsc.tab=0