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Logística y Transporte

AVISO Único e Informe Anual de Precursores Químicos y Químicos Esenciales, para los modos de transporte terrestre y aéreo

31ene.

 

Se hace del conocimiento de los transportistas de autotransporte federal, transporte aéreo y transporte ferroviario de las modificaciones a los formatos publicados en el Diario Oficial de la Federación, del "Aviso Único" e "Informe Anual" y sus respectivos instructivos, y que la información de la transportación de las substancias controladas, se ingresarán en línea en formatos digitales, dando cumplimiento en los plazos previstos por la Ley.

 

Por el momento la Secretaría de Infraestructura de Comunicaciones y Transportes, no tiene habilitado el Modulo Informático, sugerimos a toda la membresía preparar su información para cuando la requiera la autoridad, el informe se sigue requiriendo en la Ley.

 

Los transportistas que movilicen cualquiera de las substancias controladas deberán solicitar a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, les sea proporcionado el usuario y contraseña para su ingreso al Módulo Informático de PREQUIM. Para ello, deberán informar por escrito, a la dependencia según el medio de transporte que se utilice, los siguientes datos:

 

 

Una vez proporcionada dicha información le será asignado a cada usuario la clave de acceso y su contraseña para ingresar la información de los movimientos de las substancias controladas que hubiere realizado durante el periodo de que se trate.

 

Quienes realicen el transporte terrestre, marítimo o aéreo de precursores o productos químicos esenciales, deben presentar aviso por única vez a la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que lo realicen por primera ocasión. Dicho aviso debe contener lo siguiente:

 

  1. Nombre, registro federal de contribuyentes y domicilio;
  2. Datos de identificación de los vehículos terrestres, marítimos o aéreos que serán utilizados, y
  3. Los datos de la concesión, autorización o permiso emitido por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en los términos de las disposiciones aplicables.
  4.  

Aviso Único se solicitan los siguientes datos para iniciar el registro:

 

 

Si se requiere realizar alguna modificación del Aviso Único o se registra el primer Aviso Único se efectuará en el siguiente apartado del Módulo de Precursores Químicos. Aquí tendrá que especificar si se realiza alguna modificación al Aviso Único existente, así como llenar los campos con la información que se le solicita.

 

En caso de no existir registro de un cliente en la Base de Datos o se requiera modificar alguna información de los clientes para efectos de actualización, se deberá llenar en el apartado de Registro de Clientes, en donde se le solicita la siguiente información:

 

 

Para el registro de la información de las unidades de transporte, se deberán proporcionar los datos siguientes:

 

 

Para más información al respecto, consultar la siguiente Liga de acceso o en su caso comunicarse con el Ing. Jorge Aguiñaga Báez al siguiente correo electrónico: jbaez@aniq.org.mx.  

 

Ligas de Consulta:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5350651&fecha=01/07/2014#gsc.tab=0

 

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