Actualizaciones al impuesto por la emisión de compuestos y gases de efecto invernadero a la atmósfera del Estado de Tamaulipas
28jul.
Dentro de la Ley de Hacienda para el Estado de Tamaulipas se establece como finalidad del impuesto por la emisión de compuestos y gases de efecto invernadero a la atmósfera “que la Hacienda Pública del Estado cuente con recursos que le permitan financiar las políticas y programas de adaptación al cambio climático y la mitigación de emisiones de compuestos y gases de efecto invernadero, al fomento de la sustentabilidad en las actividades económicas, industriales y productivas en el Estado, así como para cumplir con las obligaciones de protección a la salud, al ambiente y a la preservación y restauración del equilibrio ecológico”.
A raíz de esto, el impuesto abarca las emisiones directas de CO2, CH4, N2O, HFCs, PFCs, SF6 y cualquier combinación de estos, dentro del Estado, expresado en CO2e a partir de las 25,000 toneladas anuales. Con este umbral, se busca cubrir el 96% de las emisiones generadas en el Estado.
Actualmente, tiene una tarifa impositiva de 8.5 UMAs por tonelada de CO2e; sin embargo, cuenta con una exención de 5.5 UMAs por tonelada emitida, quedando el cobro en 3 UMAs por tonelada. Un punto importante es que se especifica que este impuesto no deberá trasladarse a los usuarios o consumidores finales que adquieren los bienes y/o servicios.
Además, se plantean cuatro estímulos: el primero por una disminución del 20% de gases de efecto invernadero (GEI) entre un ejercicio fiscal y otro; el segundo por la adquisición de reducciones certificadas de emisiones a través de proyectos de reducción o absorción de emisiones de los contaminantes objeto del impuesto; en tercer lugar, si se demuestra la neutralidad de carbono, se queda exento del impuesto; y finalmente, por el uso de gas natural como combustible, si se selecciona este último, no aplica la exención de las 25,000 toneladas de CO2e.
El pasado 23 de julio de 2024, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Tamaulipas, en la Edición Vespertina Número 88, un acuerdo mediante el cual se otorga un estímulo fiscal por la implementación de este impuesto durante el ejercicio fiscal 2024. Este establece una reducción del 50% en el pago del impuesto y 100% en los accesorios correspondientes al mismo. El pago del impuesto se dividirá de manera semestral:
- En el primer pago, las empresas generarán los registros de emisiones mensuales de enero a junio de 2024, realizando los pagos correspondientes a más tardar el día 31 del mes de julio 2024.
- En el segundo pago, con el registro de emisiones de julio a noviembre de 2024 y con la estimación correspondiente al mes de diciembre de 2024, realizando el pago a más tardar el día 20 del mes de diciembre 2024.
Para acceder a este estímulo, deberán cumplir con los siguientes requisitos: estar inscritos y activos en el padrón de contribuyentes de la Secretaría de Finanzas del Estado; presentar una opinión de cumplimiento de obligaciones en sentido positivo; cumplir con las obligaciones fiscales relacionadas con el impuesto; realizar el pago del Impuesto por la Emisión de Gases a la Atmósfera del ejercicio fiscal 2024 en los plazos establecidos; y haber presentado ante la Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente el informe del Registro de Emisiones y Transferencia de contaminantes. Este estímulo se aplicará únicamente a través del portal de internet de la Secretaría de Finanzas del Estado de Tamaulipas.
Por otro lado, este mismo 23 de julio se publicaron las reglas de carácter general, en las que se establece que los sujetos obligados deberán solicitar el Registro Estatal ante la Secretaría de Finanzas para la obtención de la Cuenta Estatal.
El pago del impuesto deberá realizarse a más tardar el día 17 del mes siguiente en que se causó la contribución. Para ello, se debe ingresar al portal de la Secretaría de Finanzas y presentar la declaración, eligiendo el método de pago deseado.
Se menciona que el contribuyente podrá calcular sus emisiones y determinar sus contribuciones mediante las siguientes formas:
- Pruebas de laboratorio, que deberán ser realizadas por una institución certificada por la Entidad Mexicana de Acreditación.
- Estimación directa, para la que se deberán usar las directrices del IPCC.
- Con base en el informe al Registro Nacional de Emisiones (RENE).
- Con base en los reportes de emisiones del Registro Estatal Ambiental de Tamaulipas.
Los contribuyentes estarán obligados a llevar un Libro de Registro de Emisiones, en que se consignará: tipo y composición molecular del compuesto y gas de efecto invernadero emitido, su potencial de calentamiento global, las emisiones derivadas y equivalentes del gas natural y/o de otros combustibles.
La actualización y publicación de las reglas de operación del impuesto por la emisión de compuestos y gases de efecto invernadero a la atmósfera buscan brindar mayor claridad a los obligados del Estado. Es fundamental que los contribuyentes se familiaricen con las nuevas disposiciones para garantizar una correcta implementación.
Fuente: https://po.tamaulipas.gob.mx/wp-content/uploads/2024/07/cxlix-88-230724-EV.pdf
Para más información: Ulises López Arce uarce@aniq.org.mx